José Luis Carretero La reforma laboral de nunca acabar Revista Trasversales número 21 invierno 2010-2011 Otros textos del autor en Trasversales José Luis Carretero Miramar es profesor de Formación y Orientación Laboral. Afiliado al sindicato Solidaridad Obrera. Miembro del Instituto de Ciencias Económicas y de la Autogestión (ICEA).
La reforma laboral, uno de los primeros actos
de esta ofensiva contra los derechos de la ciudadanía, ha sido aprobada
con gran alharaca mediática, y pese a la difusa y no muy extensa resistencia
de los sindicatos y la sociedad. Ya se alzan voces, en los entornos empresariales
y periodísticos, que afirman que la reforma es “demasiado suave” o
“demasiado tímida”. Lo cierto es que las modificaciones que opera
en el marco del Derecho Laboral no son ni superficiales ni cosméticas,
sino auténticas cargas de profundidad contra principios fundamentales
de una rama del ordenamiento jurídico con íntima relación
con el concepto mismo de ciudadanía. Así, se habla de la implantación
definitiva, en un plazo de seis meses en la mayoría de los casos,
del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, del desarrollo de
las políticas activas de empleo, de la regulación de las Agencias
Privadas de Colocación con ánimo de lucro, de la implantación
de un Fondo de Capitalización de las indemnizaciones por despido (el
llamado “modelo austriaco”), de la modificación de la Ley de Procedimiento
Laboral, de la rearticulación del sistema de negociación colectiva,
e incluso de la reglamentación de los Expedientes de Regulación
de Empleo. La, íntimamente relacionada, regulación
de las políticas activas de empleo, parece que puede ir por el camino
de desconocer que las más valiosas son las vinculadas con la formación
y orientación de los desempleados (al fin y al cabo, de éstas
se hablaba cuando se pretendía publicitar las bondades de la llamada
“flexiguridad”), y fundamentarse esencialmente en una perspectiva represiva
encaminada a limitar el acceso a las prestaciones por desempleo, o a ligarlas
a conductas más incómodas que reales. Una especie de “catálogo
de obligaciones del buen desempleado”, más que un conjunto de buenas
prácticas administrativas para favorecer la empleabilidad, y que deberían
empezar por una política económica esencialmente diferente. En cuanto al llamado “modelo austriaco”, a la configuración de un Fondo de Capitalización de las indemnizaciones por despido, la misma experiencia del país centroeuropeo debería ponernos en guardia: hay que tener en cuenta que allí se cotiza a dicho fondo el 1,53 % del sueldo bruto, lo que se corresponde con unos siete días de salario al año. La diferencia con la indemnización por despido “normal” (la que se venía percibiendo anteriormente) debería ser cubierta por la rentabilidad en la Bolsa de las cantidades del Fondo. Así, se calcula que va a ser necesaria una rentabilidad del 6 % anual para conseguir unas indemnizaciones en un 35% menores que las anteriores, y que el máximo de indemnización que antes se conseguía con 25 años cotizados, ahora se obtendrá con 37. Para intentar obtener dicha rentabilidad, hay que tener presente que la mayor parte del Fondo se está invirtiendo en renta variable, con el consiguiente aumento del riesgo, ya que la renta fija tiende a inmovilizar unas cantidades que, en definitiva, han de estar disponibles siempre para hacer frente a los nuevos pagos. Además, tampoco se ha explicado debidamente a la ciudadanía que dicho Fondo, en Austria, implica un periodo de carencia para el nacimiento del derecho a cobrar la indemnización de tres años. Lo que deja fuera los primeros contratos temporales. Y podríamos detenernos también en
otra modificación esencial de nuestro sistema de relaciones laborales
que se pretende hacer efectiva en los próximos seis meses: la conformación
de un nuevo esquema de negociación colectiva, cuyas líneas
directrices parecen ir en una dirección clara, la huida de la negociación
sectorial, para tratar de confrontar al sindicalismo con su inexistencia
más allá de las grandes empresas (las que suelen tener convenio
propio) y debilitar, al tiempo, al proletariado ya precarizado por el resto
de mutaciones legales de los últimos decenios, haciendo saltar el
último marco de defensa que, al estar garantizado por la fuerza normativa
de los convenios colectivos, derivada de la Constitución, permitía
enervar los abusos más palmarios, en unas relaciones laborales cada
vez más individualizadas. En todo caso, no se puede desconocer que la situación
es extremadamente compleja y que la profunda aquiescencia mostrada por el
gobierno Zapatero, en su última etapa, a la voluntad de los llamados
“mercados” (una amalgama de especuladores, oligarcas y financieros cuya única
idea fija es cobrar la totalidad de una deuda irracional e ilegítima,
aunque la propia arquitectura del sistema tiemble) nos empuja en una dirección
en la que sólo la movilización conjunta de una gran alianza
social desde la base, puede revertir la situación. |