José M. Roca Un legajo de papel mojado Revista Trasversales número 33, diciembre 2014 web Textos del autor en Trasversales No es algo nuevo
señalar que el Partido Popular afirma una cosa y
hace la contraria. Es un partido artero, tramposo,
además de cosas peores. Con la Constitución sucede
lo mismo: desde su promulgación, cuando la mitad
de los diputados del reducido grupo de Alianza
Popular la rechazó en las Cortes, en octubre de
1978, hasta hoy, en que la ha secuestrado y se ha
convertido en el único intérprete autorizado para
discutir sobre ella. En
el Partido Popular invocan la Constitución con
respeto fingido, pero la vulneran cada semana;
afirman que no es necesario reformarla, pero la
está aboliendo de facto. Les sucede lo mismo que
con la Patria, que dicen que la defienden, pero
en realidad la está vendiendo a precio de saldo
a la impía alianza de capital extranjero y del
gran capital español, tan patriota como ellos. Desde que llegó al Gobierno, el Partido Popular se ha dedicado a transformar con prisa pero sin pausa el orden constitucional, abusando de un procedimiento legislativo de urgencia como es el Real Decreto-Ley, que luego se aprueba en las Cortes, sin demora ni debate, con los únicos votos de sus diputados. Con el disciplinado apoyo de la mayoría absoluta, el paso de las decisiones desde el Consejo de Ministros al BOE es un mero trámite, que permite retocar de forma solapada títulos enteros de la Constitución y abolir buena parte de su articulado, mientras Rajoy afirma públicamente que no ve necesaria ninguna reforma. Entre otros, estos son algunos de
los artículos que ya están en desuso: Artº 50. Los
poderes públicos garantizarán, mediante
pensiones adecuadas… la suficiencia económica a
los ciudadanos durante la tercera edad. Así
mismo (…) promoverán su bienestar mediante un
sistema de servicios sociales que atenderá sus
problemas específicos de salud, vivienda,
cultura y ocio
(este, sencillamente no cabía). Artº 128.1. Toda la riqueza del
país en sus distintas formas y sea cual fuere su
titularidad está subordinada al interés general.
2. Se reconoce la iniciativa pública en la
actividad económica. Mediante ley se podrán
reservar al sector público recursos o servicios
esenciales, especialmente en el caso de
monopolio y así mismo acordar la intervención de
empresas cuando así lo exigiere el interés
general (este
artículo molestaba a las empresas del sector
eléctrico). Artº
131.1. El Estado, mediante ley, podrá planificar
la actividad económica general para atender a
las necesidades colectivas, equilibrar y
armonizar el desarrollo regional y sectorial y
estimular el crecimiento de la renta y de la
riqueza y su más justa distribución (este artículo molestaba a Ángela
Merkel). Artº
132.1. La ley regulará el régimen jurídico de
los bienes de dominio público y de los
comunales, inspirándose en los principios de
inalienabilidad, imprescriptibilidad e
inembargabilidad…
(Este impedía a la Iglesia inmatricular bienes
públicos a su nombre) 2. Son bienes de dominio
público estatal los que determine la ley y, en
todo caso, la zona marítimo-terrestre, las
playas, el mar territorial y los recursos
naturales de la zona económica y la plataforma
continental
(este se lo cargó Cañete). La lista de los artículos abolidos con opacidad y alevosía es más larga, y con la cercana aprobación de la “ley mordaza” se van a abolir algunos otros, pero aquí lo dejo para no aburrir.
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